Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley; decretar el CESE de las presentaciones del imputado GABRIEL JULIO LUGO , titular de la Cédula de Identidad N°. 12.243.112,, y se acuerda fijar audiencia entre las partes para fijar el lapso prudencial para que el Ministerio presente el acto conclusivo, para el día 30-6-08, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 264 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.