ORDENA EJECUTAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el 582 Literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en tal sentido ACUERDA LA INMEDIATA LIBERTAD de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de COMPLICIDAD EN EL DELITO DE SECUESTRO AGRAVADO, previsto en el artículo 11 en relación con los artículos 3 y 10.7 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio del hoy occiso JESUS ALBERTO ALVARENGA VIÑA. Líbrese boleta de egreso, a nombre de la referida adolescente.