DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE INDEMNIZACIÒN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y DAÑOS Y PERJUICIOS POR FALTA DE PAGO DE LA MISMA, incoada por la ciudadana ANA KARINA GUEVARA RONDON, en contra de la entidad de trabajo CORPORACIÓN TELEMIC, C.A., ambos plenamente supra identificados, SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte demandante, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. Se ordena la publicación del presente fallo en la página Web de la Región del Estado Miranda del Tribuna.....