-III-
-DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE TERRENO PRIVADO, a favor de la ciudadana DORIS MARINA ZAMARO SOJO, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº. V- 8.763.086, domiciliada en la Calle Principal, Sector 5 de Julio, Casa s/nº, Parroquia Capaya, Municipio Acevedo, Estado Bolivariano de Miranda, sobre de una bienhechuría constante de NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON.....