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Decisiones del dia 16/06/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2E1570 N° Sentencia : 2E1570 Fecha: 16/06/2004
Procedimiento:
Negativa De Libertad Condicional
Partes:
BURGUILLOS ESCALONA NESTOR DAVID
Resumen:
En base a los razonamientos de hecho y de derecho esbozados anteriormente, es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la improcedencia de otorgar la fórmula de Cumplimiento de Pena contemplada en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, referida a la Libertad Condicional, al penado BURGUILLOS ESCALONA NESTOR DAVID, plenamente identificado en autos, por no cumplir cabalmente con los requisitos exigidos en la señalada Ley en cuanto a la progresividad, además de haber sido emitida opinión desfavorable por parte del equipo técnico encargado de tal función, tal y como se dejó asentado en párrafos anteriores de la presente decisión, todo ello conforme a lo pautado en los artículos 7, 61 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. Se ordena al ciudadano Director del Internado Judicial el Rodeo II.
Juez/Ponente:
Nancy Josefina Toyo Yancy
Organo:
Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
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N° Expediente : 2E1728-04 N° Sentencia : 2E1728-04 Fecha: 16/06/2004
Procedimiento:
Ejecucion De Sentencia
Partes:
BLANCO RODOLFO
Resumen:
En este orden de ideas, el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal prevé la obligación por parte de los órganos de la administración de justicia de informar al penado objeto de cómputo, la fecha exacta en que terminará la condena, y en su caso, la fecha a partir de la cual éste podrá solicitar la suspensión condicional de la ejecución de la pena, cualquiera de las formulas alternativas al cumplimiento de la misma y la redención de la pena por el trabajo y el estudio. Aclarada la responsabilidad de informar al condenado de sus derechos y demás garantías Constitucionales y Legales, se procede en consecuencia: 1.- El penado RODOLFO BLANCO, podrá optar por el Destacamento de Trabajo, al cumplir la cuarta parte de la pena impuesta, y al verificar los requisitos establecidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, que es igual a DOS (02) AÑOS, efectivo de privación de libertad es decir a partir del 2.....
Juez/Ponente:
Nancy Josefina Toyo Yancy
Organo:
Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
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