DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la el Dr. FREDDY CABRERA LARES, actuando en su carácter de Defensor privado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, EXTORSION EN GRADO DE COAUTORIA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en los artículos 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal, artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, articulo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la extorsión, y articulo 218 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDILBERT ALEXANDER HERNANDEZ, en el sentido que le acuerde una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, menos gravosa, contenida en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo antes expuesto se acuerda NEGAR la sustitución de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por otra menos gravosa, y por ende SE RATIFICA la Medida de detención para asegu.....