...PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano JULIO CESAR REVETTE GUILLEN contra AUTO PREMIUM C.A.
Se condena a la demandada a pagar al actor las sumas suficientemente determinadas en la parte motiva del fallo, más los intereses moratorios sobre prestaciones sociales, desde la terminación de la relación laboral, es decir, desde el 03 de septiembre de 2010 hasta el pago efectivo de dichas cantidades, considerando para ello la tasa de intereses fijada por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. Igualmente se ordena la corrección monetaria sobre la cantidad a pagar por concepto de prestaciones sociales, la cual será calculada por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente desde la notificación de la demanda hasta la sentencia definitivamente firme, excluyendo de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por.....