PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir la presente Acción de Amparo Constitucional. SEGUNDO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO a la Acción de Amparo Constitucional presentado en fecha 10JUN2014, por el ABG. HERIBERTO DURAN ORTIZ, INPREABOGADO número 57.205, Apoderado Judicial del ciudadano ELIAS EMILIO AZPURUA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.941.114. TERCERO: Vista la naturaleza de presente decisión, y por cuanto no se califica de malicioso el desistimiento realizado por el ABG. HERIBERTO DURAN ORTIZ, INPREABOGADO número 57.205, Apoderado Judicial del ciudadano ELIAS EMILIO AZPURUA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.941.114, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no se condena en costas. CUARTO: Se ACUERDA devolver el Documento Original del Poder Especial conferido por el ciudadano ELIAS EMILIO AZPURUA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.941.114, a los ABG.....