Los Teques, 16 de Julio de 2.003.
193º. y 144º.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 19/06/2003, publicada en fecha 30/06/2003, mediante la cual se sentenció al IDENTIFICACION OMITIDA a cumplir las medidas de: PRIMERO: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, a saber: a) Insertarse en el sistema educativo, a tales efectos deberá consignar en original constancia de inscripción y/o estudios ante este Tribunal, en un lapso no mayor de sesenta (60) días; b) Prohibición de frecuentar locales donde se realicen juegos de envite y azar y/0 expendan bebidas alcohólicas; y, c) Abstenerse de cometer nuevos delitos. Y, SEGUNDO: SERVICIOS A LA COMUNIDAD, consistente en tareas de interés general que el adolescente debe realizar, en forma gratuita, durante una jornada máxima de ocho (.....