... este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INCOMPETENTE para conocer de la estimación e intimación de Honorarios incoada por la abogada NOEMI NAVARRO VILLARROEL contra el ciudadano MANUEL ALFONSO QUEVEDO CHAVEZ, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de dicha acción por la cuantía, en los Juzgados de Municipio del Municipio Guaicaipuro de esta Circunscripción Judicial y sede, a quienes, se ordena remitir el cuaderno de intimación, cumplido que sea el lapso de Ley.
Por la naturaleza de esta decisión, no hay especial condenatoria en costas.
Por cuanto las partes se encuentran a derecho no se precisa su notificación, en el entendido que el lapso a que se contrae el artículo 69 del.....