DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos: CARLOS ALBERTO SCHUSLER SANZ, quién es venezolana, (a), natural de Guatire, nacido (a) el día 28-08-76, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.568.686, de 30 años, soltero, de profesión un oficio: Comerciante, hijo de Sanz Hiraida (v) y de Carlos Schusler (v), domiciliado (a): Las Barrancas, Sector El Milagro, Vereda 06, casa Nº 11, Guatire, Estado Miranda, y JHONATAN JOSE MORENO SANZ, quién es venezolana, (a), natural de Guatire, nacido (a) el día 30-06-84, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.919.964, de 23 años, soltero, de profesión un oficio: Albañil, hijo de María Sanz (v) y de José Reyes (v), domiciliado (a): Las Barrancas, Sector El Milagro, Vereda 07, Guatire, Estado Miranda, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º , 3º y 251 ordinal 2º 3° y parágrafo primero, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de l.....