...por Autoridad de la Ley; y conforme a lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE POR ADMISION DE HECHOS de conformidad con lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al joven adulto OMITIDO, y la CONDENA A CUMPLIR LA SANCION, UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, por la comisión del delito de USURPACIÓN DE IDENTIDAD, previsto en el Artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe publica, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 583, 620 literal "B", en concordancia con los artículo 622, parágrafo primero y 624 todos de la vigente Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: En virtud de la sentencia se declara la cesación de la medida cautelar sustitutiva de libertad. TERCERO: Se exonera al acusado del pago de costas procesales.....