DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano Abg. YOSMAR HERNANDEZ, en su condición de Defensora Pública del ciudadano acusado DARWIN ANGULO, titular de la Cédula de Identidad V-23.067.462, y en consecuencia se NIEGA EL DECAIMIENTO de la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que le fuera impuesta en su debida oportunidad, por la presunta comisión de los delitos de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO EN EL CONCURSO DE UN ROBO AGRAVADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 11, en concordancia con lo establecido en los artículos 83 y 77, numerales 1, 5 y 11, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano WILLIAMS BRICEÑO (Occiso); por considerar que no han variado las circunstancias que dieron origen a la misma. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal.