Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar el punto previo referente a la prescripción opuesta por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Carmen Lucia González Ravelo, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Eduardo Emilio Trenard, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada. CUARTO: SE MODIFICA, la sentencia dictada en fecha 04 de agosto de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave. QUINTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de indemnización por enfermedad profesional, incoada por.....