ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTA ASISTIDA Y EN CONSECUENCIA SU LIBERTAD PLENA todo conforme al los articulo 647 literal "h" en concordancia con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida al joven: IDENTIDAD OMITIDA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero V-19.354.651 , y residenciado en Nueva Cua, Sector 4, Vereda 4, casa 4, casa 65, Valles del Tuy Estado Miranda