DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte accionante. SEGUNDO: SE CONFIRMA con una motivación distinta la sentencia dictada en fecha 22 de septiembre de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara SIN LUGAR la acción merodeclarativa, intentada por los ciudadanos MARCO UNDA, FRANKLIN ZAMBRANO y ARGENIS RIVAS, por existir cosa juzgada en la interpretación de la cláusula 18 de la Convención Colectiva de Trabajo discutida entre el Sindicato de Trabajadores Socialistas de la Empresa Laminova C.A. (SINTRASOLAM) y.....