DECISIÓN
Con fuerza a lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Santa Lucía, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 185-A del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos: HUMBERTO EDUARDO DIAZ PIÑANGO Y ZULAY MARGARITA RIVERO DIAZ, ambos anteriormente identificados y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante la Prefectura del Municipio Autónomo de Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 14 de octubre del año 1.980, según consta de Acta de Matrimonio anexa, anotada bajo el Nro. 48, en los libros r.....