Primero: CON LUGAR la apelación ejercida por la Abogada Belkis Barbella, en su carácter de apoderada judicial de parte demandante ciudadano JOSE RAMON NIETO SOLANO, ambas identificadas, sólo en lo que respecta a la modificación de la cual será objeto la decisión dictada en fecha 27 de abril de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, que declarara la improponibilidad le la acción ejercida.
Segundo: se MODIFICA la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, y en consecuencia, atendiendo a las consideraciones expuestas en la parte motiva de este fallo, se declara IMPROCEDENTE la demanda de nulidad que incoara el ciudadano JOSE RAMON NIETO SOLANO, contra MARIA TERESA GHERSY LEON, ambos identificados.
Terce.....