V
DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte accionante recurrente BIMBO DE VENEZUELA, C.A.,. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 16 de julio de 2015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, por lo que se declara improcedente la solicitud de caución o fianza para suspender los efectos de los actos recurridos de nulidad contenidos en el Auto de Admisión del procedimiento de reenganche y restitución de derechos, de fecha 21 de noviembre de 2014, Auto de Reposición a nueva ejecución del procedimiento de reenganche y restitución de dere.....