En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, en Funciones de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, acuerda NEGAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al ciudadano BENITO IGNACIO GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.282.158 por no concurrir los requisitos establecidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, déjese copia autorizada y notifíquese. Líbrese Oficio. Cúmplase.