Se procede a ejecutar la sentencia condenatoria de fecha 02-10-02, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, de esta misma Circunscripción Judicial en contra el penado JHON ALEXANDER GUARATA MORENO, titular de la Cédula de Identidad No V-10.002.084, de conformidad con lo establecido en los artículos 480 y 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal que lo condenó a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en relación con el artículo 80 del Código Penal, y se ordenó su inmediata reclusión, en el Internado Judicial El Rodeo II, con sede en Guatire, Estado Miranda.