ACUERDA EXIMIR AL IMPUTADO DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR FIADORES, al imputado LEONEL ENRIQUE TORRES, venezolano, de 33 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número: 13.851.961, residenciado en Belén La Vega, Calle Principal, casa s/n, Mamporal, Municipio Autónomo Eulalia Buroz del estado Miranda; que le fuera impuesta en fecha 21 de octubre de 2006, por este Juzgado Cuarto de Control; y en su lugar le impone CAUCIÓN JURATORIA conforme con lo dispuesto en los artículos 259 y 260, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y la medida cautelar sustitutiva prevista en el numeral 3 del artículo 256 ibídem; por lo que el imputado deberá presentarse cada TREINTA (30) DÍAS ante la Secretaría de este Tribunal. Como consecuencia de lo anterior, se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.