En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR, la solicitud de que se le imponga al ciudadano CARLOS IVAN ALVARADO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad nº V-7.092.007, una medida menos gravosa de las contempladas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la misma.
EL JUEZ TEMPORAL PRIMERO DE CONTROL
ABG. RAMÓN ANTONIO MARTÍNEZ ANTILLANO
EL SECRETARIO,
ABG. JESUS HERRERA
RAMA/JH/rama