Se declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por las abogadas NELSIMAR ESNEIDER DURÁN CASTELLANO y ADRIANA GRATEROL AGRELLA, actuando en su condición de defensoras privadas de la imputada DARLENE COROMOTO MACHADO SOLÓRZANO, contra la decisión dictada en fecha 24 de octubre de 2016 por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control de esta sede Judicial, donde el referido Juzgado decretó contra la prenombrada ciudadana la medida de privación judicial preventiva de libertad, conforme a lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE EXTORSIÓN, tipificado en el artículo 16 de la Ley contra la Extorsión y el Secuestro, en relación con el artículo 83 del Código Penal, concatenado con la agravante establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la adolesce.....