procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, sobre una parcela de terreno propiedad del INTI, ubicada en la Calle Principal de Guacarapa, Sector el Dispensario (parte alta) casa Nº 139, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda, , con los siguientes linderos: NORTE: En línea recta de Ocho metros con cinco centímetros (8,05Mts) con Casa del ciudadano Pedro Moreno; SUR: En una Línea recta de Ocho metros con cinco centímetros (8,05 Mts) con Terreno del INTI, que es su frente; ESTE: En una línea recta de Nueve metros con cincuenta y ocho centímetros (9,58 Mts) con Terrenos del INTI y OESTE: En una línea recta de Nueve metros con cincuenta y ocho centímetros (9,58 Mts) con casa del ciudadano Adolfo Solórzano. Con una superficie total de construcción de 77,11 Mts2, a favor del ciudadano MILENYS JOSEFINA CON.....