Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia N° 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: MARYSABEL PERDOMO HERNANDEZ y JOSE MANUEL JIMENEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 10.889.849 y V- 5.148.496 respectivamente. En consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del Matrimonio contraído por ante el Registro .....