Se ACUERDA EL BENEFICIO DE PRELIBERTAD DE REGIMEN ABIERTO, al penado FRAN REINALDO MORFFE MARCANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.096.202, bajo el cumplimiento de las condiciones antes señaladas, ello conforme lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 7, 61 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario y 501 del Código Orgánico Procesal Penal.