DECRETA improcedente otorgar el beneficio de SUSUPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, a la penada: SANZ MONTILLA FANNY, quien es de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad V-16.390.979, natural de Caracas, donde nació en fecha 25-08-1960, de 50 años de edad, de estado civil soltera, residenciado en: Campo Rico, Calle Lebrum Nª 45 P etare, Caracas; a quien se le sigue causa signada con el N° 2E 338-10 por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION