Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA FALTA DE INTERES PROCESAL del ciudadano PEDRO JOSE BLANCO GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.877.255, en materializar su demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma incoada en contra de las ciudadanas MARIA CECILIA GARCIA de BLANCO, PETRA MARIA GARCIA de GARCIA y PEDRO ABILIO BLANCO LAYA,, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.997.656, V-3.074.016 y V-2.429.681, respectivamente. Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmp.....