...IV. DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de interdicción de la ciudadana FILOMENA NUNES DE DOS SANTOS, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.- 81.171.228, domiciliada en el estado Miranda, municipio Guaicaipuro, parroquia San Pedro de Los Altos, sector El Placer, calle Vía Pozo de Rosas, casa Finca Santa Rita,formulada por su hija ciudadana MARÍA GORETE PEREIRA DE FIGUEIRA, portuguesa, mayor de edad, del mismo domicilio, titular de la cédula de identidad número E.- 81.171.572, colocándola a través del presente sentencia bajo tutela conforme a lo establecido en el artículo 396 del Código Civil.
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