DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la el Dr. WUILMER RAMON MELENDEZ ARIAS, actuando en su carácter de Defensor privado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la presunta comisión del delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PALOMINO ALMANZA RONALD SANTO, en el sentido que le acuerde una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, menos gravosas contenida en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo antes expuesto se acuerda NEGAR la sustitución de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por otra menos gravosa, y por ende SE RATIFICA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta a la referida adolescente, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 Literal g) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, modificando únicamente las condiciones para su cum.....