Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.