Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Penal del Estado Miranda con sede en los Teques Administrando Justicia por mandato expreso de Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara de oficio la DECLINATORIA DE COMPETENCIA al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 3 de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, de conformidad con los artículos 72, 77 y 314 en su último aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-
Regístrese, Diarícese. Déjese copia certificada. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ,
DRA. WENDI Y. SAEZ RAMIREZ
LA SECRETARIA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado
Causa No. IC 18022/03