Ahora bien, en fecha 13 de julio de 2007 la Dra. ARGENIA SANTOS, en su carácter de defensora del ciudadano JOSE CASTRO MARTINEZ introduce por ante la Unidad De recepción y Distribución de Documentos (URDD) nuevos recaudos correspondientes a los fiadores solicitados, por lo cual éste Tribunal Cuarto de Control procede a emitir pronunciamiento con respecto a su admisibilidad haciendo las siguientes consideraciones previas: PRIMERO: El valor de la unidad Tributaria para la fecha de la audiencia oral de presentación es de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 37.632,00). SEGUNDO: Las CINCUENTA (50) Unidades Tributarias que se exigen como marco de la capacidad económica de las personas fiadoras al imputado, totalizan un monto de UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS (Bs. 1.881.600,00). TERCERO: La documentación consignada evidencia de las constancias de trabajo que el ciudadano ALDANA LUIS tiene un ingreso mensual de SETECIENTOS CINCO MIL BOLIVAR.....