"...DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos RICHARDT AMADOR LAYA ROMERO y MAGALIS MARTINA ALVAREZ PIÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-6.199.514 y V-9.967.096, respectivamente, en fecha 23 de abril de 1982, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre - Estado Miranda, asentado bajo el acta de matrimonio Nº 86, Tomo I, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese año.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, 475 y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registrador Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, al Registro Principal Civil del Estado Miranda, con sede en Petare, así como a la Oficina Regional de Registro Civil (Estado Miranda) del Consejo Nacional Electoral (CNE), anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, ordenada su ejecución y cualquiera de los interesa.....