Se HOMOLOGA con apego a lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el convenimiento celebrado por los ciudadanos PABLO ARCENIO PUENTE PEREZ y KASSANDRA LOREN ESCORCIO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.468.461 y V- 22.540.356, en su orden, actuando a favor y beneficio de su hijo (se omiten los nombres de los niños, niñas y/o adolescentes sujetos a protección de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).