-IV-
- DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 895, 899, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA a favor de la ciudadana ALIDA COROMOTO MACHADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil y titular de la cédula de Identidad Nro. V- 12.298.143, domiciliada en esta población, asistida en este acto por la profesional del derecho NERVIN TOVAR RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 6.440.338, inscrita en el IPSA bajo el Nº 143.072, TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD relativo a una bien.....