DISPOSITIVO.
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición del demandante DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana HILDA CRISTINA CASTRO LEON, en contra la Persona Natural LIDA CEBAN DE CIOVATTO, ambas partes plenamente identificadas a los autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la ciudadana HILDA CRISTINA CASTRO LEON, la suma de CINCUENTA Y TRES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 53.589.60) monto que comprende los siguientes conceptos laborales: Antigüedad, diferencia de salarios vacaciones cumplidas y fraccionadas, utilidades cumplidas.....