CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: Este Juzgado le imparte su HOMOLOGACIÓN al Desistimiento realizado en los mismos términos como quedó expuesto, en la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadanoVARTAN TERZIAN, titular de la Cédula de identidad NºV-17.298.128, actuando en representación de la ciudadana NERY GUADALUPE OJEDA MONTIEL, titular de la Cédula de identidad NºV-6.825.916. En consecuencia, se declara consumado el acto de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se declara terminada la presente solicitud, por lo cual se ordena el cierre y su archivo en los depósitos judiciales, en la oportunidad legal correspondiente.
Publíquese en el portal web: www.miranda.scc.org.ve, y regístrese, la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el A.....