Sobre la base de las anteriores consideraciones, este tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley , NIEGA EL BENEFICIO DE PRELIBERTAD, REGIMEN ABIERTO, al penado VICTOR JOSE MONASTERIO HERNANDEZ. Por incumplimiento de los requisitos de procedibilidad , todo de conformidad con lo establecido en los artículo 501, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al artículo 65 de la ley de Régimen Penitenciario.