...PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 647 literal "c y f " de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se sustituye la medida Privativa de Libertad, impuesta al Joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 11 de Enero 1.989, titular de la cedula de identidad Nro. V- IDENTIFICACION OMITIDA, de estado civil soltero, de oficio estudiante, hijo de IDENTIFICACION OMITIDA (V) y IDENTIFICACION OMITIDA (F), residenciado en: IDENTIFICACION OMITIDA, impuesta por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal venezolano, por las REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de tiempo de un (01) año, un mes (01) y siete (07) días, y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de tiempo de tres (03) meses, la primera REGLAS DE CONDUCTA están siendo modificada en este acto, ya que en fecha 27 de Marzo de 2006, en la audiencia Preliminar, el joven adulto, fue sancionado a cumplir la ME.....