Por los razonamientos expuestos este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL Y DE LAS ACCESORIAS CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 13 DEL CODIGO PENAL, a que fue condenado el ciudadano LUIS ROBERTO QUINTANA, Venezolano, con Cédula de Identidad N° 12.532.971, así como también se decreta la exoneración de las costas procesales, todo conforme a lo dispuesto en los artículos 24, 26, 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 484 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Y ASI SE DECLARA.