...Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos en el artículo 236 numerales 1°, 2° y 3°, del artículo 237 numerales 2°, 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, ACUERDA LA CAPTURA del ciudadano YARSON ALEXANDER URBINA identificado con la cedula de identidad numero V-16.659.348, Residenciado En Hoyo De La Puerta Sector La Pared Al Final De La Calle Casa Numero 45 Municipio Baruta Del Estado Miranda, detrás de la bodega de la señora Fermina, numero de teléfono 0416-9242877, por la presunta comisión del delito de Hurto Simple Y Porte Ilícito De Arma Blanca Previsto Y Sancionado En Los Artículos 451 Y 277, Del Código Penal En consecuencia LÍBRESE ORDEN DE CAPTURA y junto con oficio remítase al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Pena.....