declara: EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO con ocasión del juicio incoado por la ciudadana ALICIA GARCÍA CASTRO, titular de la cédula de identidad número V-6.428.795, en contra de la entidad de trabajo INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA S.A.
Se le advierte a las partes que de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley adjetiva del Trabajo, podrán ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante este mismo Tribunal a los fines de su decisión por el Tribunal de alzada, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la presente fecha. En cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable supletoriamente, por obra de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el Archivo del Tribunal. Se ordena la publicación de la presente decisión en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en .....