Este Tribunal CUARTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Con respecto a la excepción señalada por la defensa Dr. EMILIO MONCADA ATENCIO, en relación a la acusación por el delito de fraude presentado por le ciudadano Fiscal del Ministerio por el principio de la oralidad, este Tribunal observa que el imputado no fue impuesto del nuevo hecho y de la nueva acusación por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público en su debida oportunidad, sino que es presentada por este en la presente audiencia en base al principio de la Oralidad, que es el momento donde fue impuesto de los nuevos hechos y de la imputación por el delito de fraude por parte del representante del Ministerio Público, en virtud de ello este Tribunal de conformidad con el contenido del artículo 12 y 125 del Código Org.....