Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en las precedentes consideraciones, así como en lo previsto en los Artículos 13, 19 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano OLIVER FRANCISCO MAGALLANES, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-17.772.808, fecha de nacimiento 18-07-85, de 19 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en: San José de Barlovento, calle Coromoto, casa 46, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, dicha pena la deberá cumplir en el Centro Penitenciario que designe el Juez de Ejecución competente que habrá de conocer por vía de Distribución. SEGUNDO: Se condena al precitado acusado al cumplimiento de las penas accesorias contenidas en el artículo 13 del .....