DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y en consecuencia la Libertad Plena del ciudadano RIVAS RAUSEO JARRY EMILIO, titular de la cédula de identidad N° 16.091.480, venezolano, natural de Los Valles del Tuy, Estado Miranda, mayor de edad, nacido en fecha 23/09/80, de profesión u oficio comerciante, hijo de Sonia del Valle Rauseo y Vicente Emilio Rivas, y residenciado en: Urbanización Paraparal, Residencias Paraíso II, Torre A, Planta Baja, N° 03, Municipio Los Guayos, Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sujeto al cumplimiento de la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, una vez terminada ésta, es decir CUATRO (04) MESES Y SEIS (06) DIAS. Y ASI SE DECLARA.