...DECRETA: PRIMERO: la INTEGRACIÓN y PERMANENCIA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de su tío paterno, ciudadano, IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° IDENTIDAD OMITIDA, parte integrante de la familia de origen extensa, quien deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral, así como representarlos ante la instituciones educativas y de salud, ejerciendo su representación ante organismos públicos y privados, para ello el adolescente convivirá en el hogar constituido por éste, en consecuencia, se le otorga la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA del adolescente. SEGUNDO: Se ordena comisionar al Equipo Multidisciplinario adscrito a este Circuito de Protección de niños, niñas y adolescentes para hacer el seguimiento del caso, por un período máximo de seis (6) meses a partir de la publicación de la sentencia en extenso, en dicho plazo se debe realizar por lo menos dos informes .....