...DESISTIDA la apelación interpuesta por el apoderado judicial la parte demandante, abogado JESUS AVENDAÑO, inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº 27.546, contra el fallo de fecha 10 de Mayo de 2013 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave, por la incomparecencia a la Audiencia de Apelación. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo de 10 de Mayo de 2013 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave, quedando con toda fuerza de Ley y se ordena la devolución del expediente. TERCERO: No hay condena en costas, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.