´En consecuencia este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARBENIA MORA CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nº V-4.292.335, sobre bienhechurias ubicada en Calle José Gregorio Hernández Nº 9, Charallave Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, construida en un lote de terreno de propiedad; declara haber fabricado a su sola y única expensas, con dinero de su propio peculio, encontrándose alinderado tal y como apar.....